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FIRCO > Proyectos > CAP2012 > Infraestructura para Centros de Acondicionamiento Pecuario

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 Infraestructura para Centros de Acondicionamiento Pecuario



 
Objetivo Específico:
 
Apoyar la estandarización de los hatos para facilitar su comercialización y la realización de subastas, así como mejorar las condiciones y tiempos de traslado de ganado, particularmente entre zonas con diferentes estatus sanitario, mediante apoyos para infraestructura y equipamiento.
 
La Población Objetivo:
 
Personas físicas o morales que se dediquen a actividades de producción agrícola, pecuaria o pesquera, que busquen: acopiar, seleccionar, almacenar, sacrificar, acondicionar, extraer, conservar, procesar en campo, empacar granos y semillas, frutas y hortalizas, fibras, animales y plantas destinados al mercado nacional o internacional, así como diversificar sus opciones productivas en el medio rural mediante un producto turístico existente.

El concepto y el monto es el siguiente:
 
• Construcción o  mejoramiento de instalaciones fijas, para el acopio, acondicionamiento y comercialización de ganado (no se incluyen oficinas)
• Hasta el 49% de la inversión, sin rebasar los $ 5,000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 M.N)
 
Criterios y requisitos de solicitud
Escritura pública o cualquier instrumento jurídico que acredite la legal propiedad o posesión del predio en donde se ejecutará el proyecto, a nombre del solicitante, debidamente protocolizado y registrado ante el Registro Público de la Propiedad o Registro Agrario Nacional, según corresponda. El instrumento jurídico que acredite la legal propiedad o posesión del predio en donde se llevará el proyecto deberá contar con al menos diez a partir del año 2012.
 
En el caso de que las obras o actividades que pretendan desarrollar requieran previamente de autorización en Materia de Impacto Ambiental, deberá presentar la autorización vigente correspondiente, expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.


Deberán ser canalizados y presentados por organizaciones ganaderas con registro vigente en el Registro Agrario Nacional.

 
Restricciones para el otorgamiento de apoyos.
 
No se podrán otorgar apoyos del componente Manejo Postproducción a los solicitantes que se encuentren en contravención de alguna de las situaciones dispuestas en el artículo 32D del Código Fiscal de la Federación. La opinión desfavorable del Servicio de Administración Tributaria (SAT) dará lugar al rechazo automático de la solicitud.
 
 

 

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Última modificación:
19 de enero de 2012 a las 14:18, por Fideicomiso de Riesgo Compartido - FIRCO