
POBLACION OBJETIVO.
Las personas físicas o morales legalmente constituidas que se dediquen a actividades de producción agropecuaria en el territorio nacional, que cuenten con concesión de derechos de uso de agua vigentes o en trámite, o cualquier documento emitido por la CONAGUA en donde acredite el volumen de agua a utilizar en el proyecto, y con un proyecto de tecnificación del riego a nivel parcelario, pudiendo incluir o considerar recursos propios, financiamiento o ambos esquemas.
COBERTURA.
El "Proyecto Estratégico de Tecnificación del Riego 2011" tendrá una cobertura nacional, sujeta a la suficiencia y disponibilidad presupuestal, prevista en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011.
CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD.
Serán elegibles para obtener los apoyos a que se refiere el presente Acuerdo, la población objetivo a que se refiere el artículo 3 de los presentes Lineamentos, que cumplan con lo siguiente:
I. No haber recibido apoyos de manera individual u organizada para la misma superficie en tecnificación de riego, en cualquiera de los programas que ha operado la Secretaría al menos durante los dos años anteriores a la solicitud de apoyo.
II. Sólo se otorgarán apoyos para las solicitudes que consideren la instalación de sistemas de riego tecnificado nuevos, para su operación dentro del predio o parcela y que sean instalados a partir del 1 de enero de 2011.
REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD.
Los productores a que se refiere el artículo 5 que soliciten el apoyo, deberán cumplir con los requisitos y la documentación siguiente:
I. Personas Físicas presentar solicitud de apoyo (Anexo 1), acompañada de los siguientes documentos:
a) Copia simple de una identificación oficial;
b) Copia simple de un comprobante de domicilio;
c) CURP;
d) Cotización vigente que contenga plano general, desglose de precios por componente y ficha técnica (Anexo 2) del sistema de riego, emitida por una empresa de tecnificación de riego;
e) Contar con medidor de consumo de agua, o en su defecto considerar su instalación dentro del proyecto;
f) Copia simple de la documentación que acredite la legal propiedad o posesión del inmueble donde se pretenda efectuar la inversión, y
g) Concesión vigente, en trámite o cualquier documento emitido por la CONAGUA en donde acredite el volumen de agua a utilizar en el proyecto.
II. Personas Morales presentar solicitud de apoyo (Anexo 1), acompañada de los siguientes documentos:
a) Copia simple del acta constitutiva y de las modificaciones a ésta que se hayan realizado;
b) Copia simple del acta en la que conste la designación de sus representantes legales o poder del representante legal, debidamente protocolizados ante fedatario público;
c) Listado y datos de cada uno de los integrantes de la persona moral, conforme al Anexo 1-A;
d) Cotización vigente que contenga plano general, desglose de precios por componente y ficha técnica (Anexo 2) del sistema de riego, emitida por una empresa de tecnificación de riego;
e) Contar con medidor de consumo de agua, o en su defecto considerar su instalación dentro del proyecto;
f) Copia simple de la documentación que acredite la legal propiedad o posesión del inmueble donde se pretenda efectuar la inversión, y
g) Concesión vigente, en trámite o cualquier documento emitido por la CONAGUA en donde acredite el volumen de agua a utilizar en el proyecto.
Las solicitudes ingresadas en el ejercicio 2010, que por insuficiencia presupuestal no fueron apoyadas, y que cumplan con los presentes Lineamientos, podrán seguir con el trámite de los apoyos, previa ratificación de solicitud de apoyo, formulado mediante escrito libre.
CARACTERISTICAS DE LOS APOYOS (TIPO Y MONTO).
Los apoyos que en su caso se otorguen son aplicables para la adquisición e instalación de sistemas de riego tecnificado nuevos, para su operación dentro del predio o parcela, en el territorio nacional.
La aplicación de los recursos autorizados, se realizará a través de apoyos directos de la siguiente forma:
A. Para sistemas de riego por multicompuertas y válvulas alfalferas: hasta $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.) por hectárea.
B. Para sistemas de riego por aspersión (Pivote central, avance frontal, side roll, aspersión fija, aspersión portátil, cañón y cañón viajero [siendo esta lista indicativa y no limitativa]): hasta $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) por hectárea.
C. Para sistemas de riego por microaspersión y goteo: hasta $20,000.00 (veinte mil pesos 00/100 M.N.) por hectárea.
D. Para sistema de riego para invernadero en funcionamiento, por módulos de 2,500 m2 de invernadero o la parte proporcional correspondiente, hasta $30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M.N.).
Los montos máximos de apoyos son de hasta $750,000.00 (setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) para personas físicas y de hasta $1,000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.) para personas morales.
Las solicitudes que contemplen la tecnificación en zonas compactas o que compartan componentes en los sistemas de riego, serán autorizadas por la Unidad Responsable, previa revisión del cumplimiento de los criterios y requisitos a que se refiere el presente, por parte de la Instancia Ejecutora, pudiéndose designar montos de apoyo superiores a los establecidos, a criterio y bajo la estricta responsabilidad de la Unidad Responsable.
Las ventanillas estarán abiertas durante 60 días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, quedando sujeto a la disposición y suficiencia presupuestal. La Unidad Responsable podrá autorizar la ampliación del periodo de apertura de ventanillas a solicitud de la Instancia Ejecutora, sustentada en el avance, demanda y necesidades que el Proyecto requiera.